El registro de extranjeros es un nuevo requisito que muchos desconocen. El 20 de enero 2025, Donald Trump anunció nuevas políticas de inmigración en uno de sus primeros comunicados como presidente entrante.
Trump declaró que los inmigrantes indocumentados suponen un riesgo para los ciudadanos y la seguridad nacional y ordenó la estricta aplicación de la Ley de Inmigración y Nacionalidad contra todo extranjero inadmisible y susceptible de deportación. Revocó varios cuerpos normativos vigentes hasta ahora en materia migratoria y solicitó la actualización del registro de extranjeros como medida urgente para el control de inmigrantes en el país.

En este artículo te explicaremos qué es el “registro de extranjeros”, cómo llenarlo y te proporcionaremos algunos datos de interés.
- ¿Qué es el registro de extranjeros?
- ¿Quiénes deben cumplir con el registro de extranjeros?
- ¿Quiénes están exceptuados de anotarse en el registro de extranjeros?
- ¿Quiénes pueden hacer la inscripción en el registro de extranjeros?
- ¿Cómo inscribirte en el registro de extranjeros?
- ¿Qué datos tienes que completar en el formulario g-325r?
- ¿Tiene algún costo presentar el formulario g325R?
- ¿Cómo saber si ya estás inscrito en el registro de extranjeros?
- Penalidades por no inscribirse en el registro de extranjeros
- ¿El registro de extranjeros establece un estatus migratorio?
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
¿Qué es el registro de extranjeros?
Es un requisito de la sección 262 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés). Su normativa establece que todo extranjero que viva en EE. UU. deberá registrarse, de lo contrario, enfrentará sanciones civiles y penales.
Según el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés), este registro es un control migratorio. Su función es mantener una base de datos para poder supervisar los movimientos de los inmigrantes dentro del territorio.
¿Quiénes deben cumplir con el registro de extranjeros?
Es obligatorio para los extranjeros indocumentados y para quienes cumplan con los siguientes criterios:
- Los extranjeros mayores de 14 años que no hayan sido registrados cuando solicitaron una visa para entrar a Estados Unidos, siempre que tampoco les hayan tomado las huellas dactilares y permanezcan en el país 30 días o más. Deberán presentar la solicitud antes de que terminen esos 30 días.
- Los padres y tutores legales deberán inscribir a los extranjeros menores de 14 años que estén a su cargo siempre que no hayan sido registrados y permanezcan en Estados Unidos por 30 días o más. Deberán presentar la solicitud antes de que terminen esos 30 días.
- Cualquier extranjero que cumpla 14 años de edad en Estados Unidos. La persona deberá presentar la solicitud dentro de los 30 días posteriores a su cumpleaños número 14.
¿Quiénes están exceptuados de anotarse en el registro de extranjeros?
Todo extranjero tiene la obligación por ley de inscribirse, pero existen dos grupos de personas exceptuados:
- Los indígenas americanos nacidos en Canadá que ingresaron a Estados Unidos bajo la sección 289 de la INA.
- Los miembros de la Tribu Kickapoo Tradicional de Texas admitidos en el país bajo la legislación específica de su tribu.
¿Quiénes pueden hacer la inscripción en el registro de extranjeros?
Solo podrán realizar el proceso las siguientes personas:
- El extranjero, en nombre propio.
- El padre o tutor legal en nombre del extranjero que sea menor de 14 años de edad. Esta facultad debe ser legalmente comprobable.
Cualquier persona que realice una declaración falsa en este registro, o presente datos ficticios, podría estar sujeta a sanciones penales.
¿Cómo inscribirte en el registro de extranjeros?
Asegúrate de no estar ya inscrito y luego sigue los siguientes pasos:
- Ingresa al sitio web de USCIS y crea una cuenta en línea.
- Si vas a registrar a tu hijo, deberás crear una cuenta de USCIS en línea para el menor de edad. No lo puedes inscribir en tu cuenta.
- Completa el formulario G-325R.
- USCIS programará una cita para la toma de tus datos biométricos en un centro autorizado.
- Las citas de servicios biométricos son atendidas en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC, por sus siglas en inglés). Deberás proporcionar tus huellas dactilares, fotografía y firma que permiten confirmar tu identidad y posibilitan la verificación de antecedentes.
- Ingresa a tu cuenta USCIS con frecuencia para conocer el estado de tu registro. Así podrás responder con inmediatez a cualquier solicitud de documentos adicionales.
- Una vez terminado el proceso, USCIS emitirá una constancia de tu registro. También podrás descargar desde tu cuenta USCIS una versión de la notificación en PDF que podrás imprimir.
- Si eres mayor de 18 años deberás portar siempre el documento que acredita tu inscripción en el registro. Es importante que no lo olvides, ya que los oficiales del ICE podrían solicitarlo en cualquier momento.
¿Qué datos tienes que completar en el formulario g-325r?
Deberás proporcionar tu información biográfica completa, como nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, fecha de ingreso a EE. UU. y dirección actual. Se requiere, adicionalmente, la presentación de toda la documentación concerniente a tu estatus migratorio, tanto del presente como del pasado.
¿Tiene algún costo presentar el formulario g325R?
No. Es totalmente gratuito.
¿Cómo saber si ya estás inscrito en el registro de extranjeros?
Se considera que estás registrado si posees alguno de los documentos indicados a continuación y has proporcionado tus huellas dactilares:
- Residencia permanente legal, o cualquiera de los formularios I-485, I-687, I-691, I-698 e I-700.
- Permiso de permanencia temporal en Estados Unidos.
- Formulario I-914 o I-94W (de Extranjeros admitidos en Estados Unidos como no inmigrantes).
- Visas de inmigrante o no inmigrante.
- Documento donde conste procedimientos de remoción por el DHS.
- Documento de autorización de empleo (EAD, por sus siglas en inglés).
- Tarjeta de Cruce de Frontera.
- Si tienes un número de registro de entrada-salida. Este número es un identificador que les asignan a algunas personas al ingresar a Estado Unidos.
Si tu registro se realizó, pero no tomaron tus huellas dactilares en esa oportunidad y cumpliste 14 años de edad en Estados Unidos, obligatoriamente deberás presentar formulario g325r dentro del plazo de los 30 días siguientes de haber cumplido tus 14 años de edad.
Penalidades por no inscribirse en el registro de extranjeros
Como extranjero tienes la obligación de registrarte. De lo contrario, tu historial migratorio se verá afectado y podrías enfrentar alguna de las siguientes sanciones:
- Imposición de restricciones migratorias futuras.
- Posible deportación.
- Enjuiciamiento por delitos menores.
- Multas.
- Remoción expedita.
- Exclusión o prohibición de reingreso al país.
- Retiro de Estatus o Cancelación de Visado.
¿El registro de extranjeros establece un estatus migratorio?
No, este registro no crea un estatus de inmigración, no establece autorización de empleo ni otorga beneficio alguno.

Preguntas frecuentes
¿Tengo que registrarme de manera obligatoria en el registro de extranjeros?
Sí, es obligatorio, ya que es un requerimiento establecido en la Ley de Inmigración y Nacionalidad. Pero es posible que, si has realizado alguna solicitud de residencia permanente o de visa, ya estés inscrito. Revisa quién está exento. Leer más aquí.
¿Qué pasa si no me inscribo en el registro de extranjeros?
Si no te inscribes el estado puede sancionarte gravemente, ya sea imponiéndote multas, enjuiciándote y hasta deportándote. Por lo tanto, es aconsejable que cumplas con esta obligación. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Inscribirte en el registro es muy fácil. Ingresa al portal web de USCIS, crea una cuenta y completa el formulario G-325r con tus datos biográficos y migratorios. Asiste a la cita para la toma de tus datos biométricos y recibe tu constancia de registro. Recuerda, que, si eres mayor de edad, deberás llevarla siempre contigo. Si tienes alguna duda en relación al presente procedimiento te recomendamos consultar con un abogado especialista en inmigración.