Muerte de un ciudadano fuera de USA: ¿Qué hacer?

Por Heidy Ramirez
Actualizado el 28 de mayo, 2024
Tiempo estimado de lectura: 6 minutos

Algunos eventos de la vida aunque sabemos que son inevitables, nos toman por sorpresa. La muerte implica procedimientos legales y familiares para los que deberías estar preparado. ¿Qué sucede si un ciudadano estadounidense fallece fuera del país? ¿Qué se puede o debe hacer? Te damos aquí la |información necesaria. 

La embajada de Estados Unidos te puede brindar varias opciones de apoyo, pero no te puede dar dinero para cubrir los gastos por muerte de un familiar.
La embajada de Estados Unidos te puede apoyar, pero no puede dar dinero para cubrir los gastos por muerte de un familiar.

En caso de muerte, ten esto en cuenta:

Lógicamente los últimos deseos de un ciudadano son los que privan en estas situaciones y se deberían respetar estas decisiones, como por ejemplo si tu familiar hubiera querido ser enterrado o cremado en su país de destino. Por eso aquí mencionamos básicamente el proceso para una muerte no prevista. La institución de apoyo es la embajada o consulado de Estados Unidos. Si te diriges allí puedes lograr apoyo logístico más no económico, es decir no hay vía alguna para que recibas dinero para afrontar la situación. 

¿Cómo puede ayudar la embajada con la muerte de un ciudadano?

El soporte puede darse con los arreglos funerarios y la documentación necesaria. Si eres un familiar autorizado o un representante legal, debes contactar a la embajada del país donde te encuentres. Aquí tienes un listado de todas las representaciones diplomáticas estadounidenses en todo el mundo. Debes saber que es probable que necesites presentar documentación que demuestre el vínculo familiar o legal con la persona. 

La embajada puede ayudarte de esta forma: 

  • Orientándote sobre cómo contactar a las autoridades locales para realizar los trámites correspondientes.
  • Explicarte cómo puedes enviar dinero para pagar los gastos. 
  • Asistirte para repatriar los restos de tu ser querido a territorio de EE. UU. 
  • Apoyarte sobre cómo realizar un funeral, entierro o cualquier otra ceremonia en el país donde te encuentres, según sea la decisión familiar tomada. 
  • Ayudarte a reunir los documentos que se necesitan (en el extranjero y en suelo americano), aquí puede incluirse un acta médica de defunción por ejemplo.  
  • Guiarte para obtener el Reporte Consular de Defunción en el Extranjero (en inglés).

Puedes ampliar esta información oficial en ayudas que ofrecen las embajadas cuando un ciudadano estadounidense muere en el extranjero (en inglés).

¿Quién toma la decisión sobre el familiar? 

Generalmente solo pueden hacer gestiones en caso de un fallecimiento quienes puedan legalmente demostrar que son:

  • Un albacea designado en un testamento, a quien se emiten cartas testamentarias;
  • Un administrador designado en procedimientos abintestato (donde no hay testamento);
  • Un agente del albacea o administrador, habilitándose por poder;
  • Un cónyuge sobreviviente;
  • Un hijo mayor de edad;
  • Un padre;
  • Un hermano o pariente cercano similar. 

¿Cómo traer cuerpos en ataúdes o cenizas a Estados Unidos?

El organismo que regula esto es el Buró de Protección de Aduanas y Fronteras (U.S. Customs and Border Protection) y en ese vínculo puedes tener más datos. La causa de la muerte y el proceso posterior van a ser determinantes, ya que no es lo mismo una muerte natural que una causada por una enfermedad contagiosa, por ello el certificado o acta de defunción es un requisito (si la persona es cremada no es necesario). Y debe estar en inglés. Este papel es revisado por los funcionarios de aduanas quienes determinarán si se cumplen las condiciones necesarias. La embajada o consulado debe proporcionar un certificado mortuorio si el país de tránsito no lo puede proveer. 

La aprobación del ingreso del cadáver o las cenizas puede incluir las flores, que también son aprobadas o no para ingresar al territorio (Servicio de Inspección de Sanidad Animal y Vegetal). En caso de una cremación, el contenedor de las cenizas debe estar construido con material compatible con rayos X.
 
No hay requisitos para la importación a los Estados Unidos, si los restos humanos consisten enteramente en lo siguiente: huesos limpios y secos o fragmentos de hueso, cabello humano, dientes, uñas de las manos o de los pies o restos humanos que son cremados antes de ingresar a los Estados Unidos (no se necesita certificado de defunción).

Si la persona cercana no puede acompañar y se hace el envío de los restos, algunas aerolíneas requieren cierta documentación (debes preguntar). Puedes ampliar aspectos de interés en este sitio.

Para trasladar el cuerpo a Estados Unidos, es necesario el certificado de defunción y si se agregan flores las debe supervisar el Servicio de Sanidad Animal y Vegetal.
Para trasladar el cuerpo a Estados Unidos, es necesario el certificado de defunción y si se agregan flores las debe supervisar el Servicio de Sanidad Animal y Vegetal.

¿Qué puede (o no) hacer un funcionario consular?

Si un ciudadano estadounidense muere y se debe esperar por la llegada o notificación de sus familiares, el servicio consular puede retener y resguardar temporalmente los efectos personales de la persona fallecida. Los funcionarios también pueden pagar deudas locales (como facturas de hospital y hotel) con fondos disponibles en el patrimonio del occiso o con fondos recibidos del representante legal, y pueden ayudar a enviar los efectos a la persona con derecho a recibirlos.

Como curador provisional, el funcionario consular podrá tomar posesión temporal de: joyas; activos convertibles, como dinero; equipaje; ropa y documentos personales. Pero por otra parte no puede: retirar fondos de un banco o cobrar cheques de viajero, incurrir en gastos propios o de la embajada para enviar o salvaguardar los artículos o tomar posesión de artículos grandes y voluminosos (un auto por ejemplo). 

Después de que se haga inventario de los efectos personales y se proporcione la prueba de derecho, el funcionario consular puede ayudar a devolver los efectos a los Estados Unidos si el reclamante lo desea. Todos los costos de envío son responsabilidad del reclamante.

Para concluir

Recuerda que cada país tiene sus formas de abordar estos eventos de manera diferente, tanto legal como culturalmente, por tanto no dudes en consultar a la embajada para recibir soporte. Es posible que requieras un poder notariado y apostillado para hacer algunas diligencias, lo que implica dinero, por tanto debes estar preparado. Lo mejor para estos casos es haberse protegido previamente con un seguro de viajes y funerario y por supuesto, con un testamento, que es la condición ideal. Y es importante que después del deceso, notifiques a las instituciones gubernamentales como la Seguridad Social, puedes encontrar más información en este enlace.

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Heidy Ramirez

Soy comunicadora social. He trabajado en periodismo en áreas que apoyan el desarrollo de la sociedad. Colaboro con el contenido de Trámites USA informando a las comunidades latinas sobre sus deberes, derechos y oportunidades.
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