Para evitar que el tiempo fuera de los Estados Unidos interrumpa tu residencia permanente requerida para la naturalización tienes que cumplir con una serie de estipulaciones legales. Una de ellas es no salir del país durante un lapso de tiempo mayor a un año.
Esto significa que puedes realizar viajes cortos o temporales, pero los viajes largos alertan a USCIS como un posible abandono del estatus de residente permanente.
Si tienes que ausentarte por un largo período deberá ser por razones laborales y tendrás que cumplir con una serie de condiciones que te explicaremos a continuación. Sigue leyendo para conocer cómo viajar y sin que afecte a tu residencia permanente.
- ¿Cómo viajar y trabajar fuera del país sin afectar tu residencia permanente?
- Empleos para el formulario N-470 que no afectan la residencia permanente
- ¿Cómo debes completar el formulario para no poner en riesgo la residencia permanente?
- ¿Dónde debes presentar la solicitud?
- ¿Cuándo debes presentar la solicitud?
- Dato importante para conservar la residencia permanente
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
¿Cómo viajar y trabajar fuera del país sin afectar tu residencia permanente?
Asegúrate de contar con estos 3 requisitos, ya que solo así podrás mantener tu estatus legal y en un futuro solicitar la naturalización:
- Deberás haber estado físicamente presente en Estados Unidos como residente legal permanente por un período ininterrumpido de un (1) año antes de trabajar fuera.
- Deberás presentar el Formulario N-470.
- El empleo elegible fuera del país debe entrar dentro de las categorías aceptadas por el formulario N470.
Si estás en un viaje corto a otra nación, puedes realizar tu solicitud desde ahí, lo importante es que lo envíes antes de ausentarte por el período continuo de un año.
Empleos para el formulario N-470 que no afectan la residencia permanente
Solo en los siguientes casos es aceptado el trabajo elegible en el exterior sin que se vea afectada la residencia permanente:
- El empleado que tiene contrato con el gobierno estadounidense.
- El que tiene contrato con una entidad reconocida por USCIS como una Institución estadounidense de investigación.
- Quién trabaja para una empresa o corporación estadounidense, o una subsidiaria de la misma, que se dedica al desarrollo del comercio exterior de Estados Unidos.
- Quién pertenece a una corporación estadounidense que tiene como objetivo proteger los derechos de propiedad de la empresa fuera. La compañía deberá dedicarse al comercio exterior y al comercio interno del país.
- El funcionario de una organización pública internacional de la que Estados Unidos es miembro.
- Quién es contratado únicamente con el propósito de realizar funciones ministeriales o sacerdotales de una denominación religiosa que tiene una organización genuina (bona fide) en suelo norteamericano, o está dedicado únicamente a ser clérigo, misionero, hermano, monja o hermana de una denominación religiosa.
¿Cómo debes completar el formulario para no poner en riesgo la residencia permanente?
Verifica la información y lee detenidamente todos los campos antes de enviarlo. Los datos necesarios para completar tu solicitud son los siguientes:
Primer paso
Selecciona la categoría de empleo que justifique tu ausencia en el país. Es importante que tengas claridad en el tipo de contrato y la actividad que vas a desarrollar para poder escoger la opción correcta.
Segundo paso
Deberás proporcionar la siguiente información:
- Tu identificación actual: nombres y apellidos y cualquier otro nombre utilizado (si corresponde) alguna vez, incluidos alias, apellidos de soltera y apodos.
- Señalar todos los datos que aparecen en la tarjeta de residente permanente (deberán transcribirse de manera exacta): nombres, número de seguro social, fecha de nacimiento, lugar, fecha de ciudadanía, dirección física detallada, y dirección de envío.
- Fecha en la que se obtuvo la residencia permanente y responder a la pregunta: “¿Ha residido y estado físicamente presente en los Estados Unidos durante un período ininterrumpido de al menos un año desde su admisión como residente permanente legal?” Si la respuesta es “No” deberás proporcionar una explicación.
- Especificar si has pasado tiempo fuera de Estados Unidos (incluyendo viajes a Canadá, México y el Caribe) desde que te convertiste en residente permanente, comenzando por el más reciente.
- Explicar por qué el puesto de trabajo requiere tu ausencia de los Estados Unidos y la duración prevista del empleo.
- Informar si alguna vez has presentado una declaración de impuestos sobre la renta como no residente o has reclamado o recibido beneficios como extranjero no residente según las leyes de impuestos sobre la renta federales, estatales o locales de los EE. UU. desde que adquiriste la residencia permanente.
Tercer paso
Dar información detallada acerca de los miembros de la familia que residen contigo .
Cuarto paso
Por último te corresponderá dar tu información de contacto, certificar el contenido de la forma y firmar.
¿Dónde debes presentar la solicitud?
Puedes enviarla a través del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS, por sus siglas en inglés) a la siguiente dirección:
USCIS
Attn: N-470.
P.O. Box 650809.
Dallas, TX 75265.
Y para entregas de FedEx, UPS, y DHL en la siguiente dirección:
USCIS
Attn: N-470 (Box 650809).
2501 S. State Hwy.121, Business.
Suite 400.
Lewisville, TX 75067.
¿Cuándo debes presentar la solicitud?
Podrás hacerlo antes o después de comenzar el empleo sin ningún inconveniente, pero siempre que sea antes de haber salido de Estados Unidos y de que se hubiere cumplido el periodo continuo de un año.
Existe una excepción y es para aquellas personas que tienen un empleo que califica como elegible porque realizan funciones ministeriales o sacerdotales dentro de una denominación religiosa, o porque sirven como clérigo, misionero, hermano, monja o hermana, entonces podrán presentar la solicitud tanto antes como después de que se ausenten del país.
Dato importante para conservar la residencia permanente
Si ya presentaste el formulario pero cambiaste de dirección deberás notificar a USCIS tu nueva dirección dentro de los diez (10) días posteriores a la mudanza de tu residencia anterior.
Preguntas frecuentes
¿Qué formulario hay que presentar para viajar sin perder la residencia permanente?
Para viajar sin perder la residencia permanente hay que presentar el formulario N-470. Leer más aquí.
¿Puedo ir a trabajar a otro país sin perder la residencia permanente?
No, solo podrán ir a trabajar fuera de Estados Unidos por largos periodos de tiempo quienes tengan algunos empleos específicos. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Guarda una copia de tu solicitud completa y del formulario N-470 para tener un control de tus registros. Para aclarar dudas sobre este proceso, contacta a USCIS o llama al 800-375-5283, (TTY 800-767-1833), donde obtendrás asistencia en español. Te invitamos a leer nuestro artículo: “Formulario I-485: para solicitar tu residencia permanente o ajustar estatus”.