Los beneficios para sobrevivientes de los trabajadores en USA

Por Equipo de redacción
Actualizado el 29 de noviembre, 2022
Tiempo estimado de lectura: 6 minutos

Cuando sobreviene el fallecimiento del soporte económico de una pareja o familia y el fallecido ha sido trabajador inscrito al sistema de seguridad norteamericano, existen beneficios para sobrevivientes que pueden solicitar simplemente siguiendo los procedimientos que, para tal efecto, se han dispuesto.

Un trabajador comienza a generar beneficios para sus sobrevivientes a partir de acumular 40 créditos que equivalen normalmente a 10 años de trabajo. En 2019 se otorgó un crédito por cada $1,360 dólares de ingreso pudiendo acumular hasta 4 créditos por año. 

Además de los familiares de trabajadores norteamericanos inscritos al Seguro Social en USA, aquellos sobrevivientes de militares en servicio o veteranos, también tienen derecho a solicitar los beneficios que se enlistarán más adelante en este artículo.

Beneficios para sobrevivientes de los trabajadores en EE.UU.

¿Quiénes pueden solicitar los beneficios?

Las personas elegibles para recibir las indemnizaciones correspondientes son:

1. El cónyuge sobreviviente aún si al momento del fallecimiento la pareja se encontraba divorciada.

El cónyuge podrá recibir los beneficios completos cuando ha alcanzado la edad de jubilación. Estos beneficios podrán recibirse desde la edad de 50 años en caso de que el cónyuge sobreviviente padezca alguna incapacidad.

También podrá recibir beneficios reducidos si así lo solicita al cumplir 60 años y no haber alcanzado la edad de jubilación. De igual manera, el cónyuge sobreviviente podrá recibir la indemnización completa si tiene a su cargo hijos menores de 16 años o si alguno de ellos sufre de alguna incapacidad.

2. Los hijos menores de 18 años o hasta los 19 si son estudiantes de tiempo completo. También recibirán indemnización los hijos sobrevivientes que hubieran sufrido una incapacidad antes de cumplir los 22 años.

3. Los padres o madres con hijos menores de 16 años, o de hasta 19 años si continúan estudiando de tiempo completo.

4. Los padres del fallecido, siempre que rebasen los 62 años de edad y que al menos el 50% de su sustento económico proviniera del hijo fallecido.

5. Los excónyuges también pueden recibir los beneficios por fallecimiento siempre y cuando sea mayor de 60 años y el matrimonio hubiera durado al menos 10 años. 

El excónyuge puede recibir los beneficios sin cubrir el requisito de la edad si se encuentra a cargo de un hijo menor de 16 años o incapacitado, producto natural o por adopción del matrimonio.

¿Cuál es el importe de los beneficios?

El monto de las indemnizaciones dependerá del nivel de ingresos que el fallecido tuvo durante su vida laboral, es decir, que mientras mayores fueron los ingresos, mayor será el valor de los beneficios disponibles para sus dependientes y familiares.

Para conocer el detalle de tu cuenta, no es necesario acudir a una oficina de Seguro Social de USA, basta con abrir una cuenta por Internet en la página denominada my Social Security. Los requisitos son mínimos: ser mayor de 18 años, contar con un número de seguridad social y una cuenta de correo electrónico.

Además de poder revisar tu estado de cuenta y el monto de los beneficios acumulados aproximados, podrás realizar algunos otros importantes trámites sin la necesidad de acudir a una oficina.

¿Cómo puedo solicitar los beneficios?

Lo primero que se debe saber es que algunos de los beneficios se entregan a partir de la fecha en que fueron solicitados y no del momento en que el deceso tuvo lugar. Es decir, no son retroactivos y, por ello, es importante realizar los trámites lo más pronto que sea posible.

El trámite se puede realizar por teléfono o directamente en cualquier oficina del Seguro Social. Sin embargo, debido a que algunos documentos serán solicitados en original o copia certificada, tal vez lo más recomendable para agilizar el trámite sea acudir directamente a las oficinas correspondientes.

Los documentos que habrá que presentar son:

  • Prueba del fallecimiento emitido por la agencia funeraria o bien el acta de defunción
  • Número de seguridad social del fallecido
  • Acta de nacimiento
  • Acta de matrimonio y acta de divorcio en caso de que aplique
  • Números de seguridad social y actas de nacimiento de los hijos dependientes
  • Formulario W-2 o declaración de impuestos del año más reciente del negocio de la persona fallecida
  • Datos bancarios de la cuenta en la que habrán de depositarse los beneficios

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Si ya recibes los beneficios sociales a través de la cuenta de tu cónyuge, al entregar el informe del fallecimiento cambiará tu estado al de beneficiario sobreviviente.

En caso de que recibas beneficios mediante tu propia cuenta de seguridad social, deberás verificar si es posible que recibas, además, indemnizaciones bajo la categoría de cónyuge sobreviviente.

¿Cuánto puedo recibir?

Como ya se mencionó, el importe a recibir se calcula en función del ingreso de la persona fallecida, mientras mayor haya sido el ingreso, mayor será el beneficio.

También la edad del beneficiario y su relación con el fallecido son factores para determinar la cantidad que habrá de recibirse.

Otro elemento a considerar, es que si la persona fallecida ya recibía beneficios reducidos del Seguro Social, sus beneficiarios recibirán los propios en función de aquellos.

Algunas de las situaciones típicas son las siguientes:

  • Los cónyuges sobrevivientes en plena edad de jubilación recibirán el 100% de los beneficios.
    Si son mayores de 60 años, pero menores de la edad plena de jubilación, recibirán entre el 71 y el 99% de los beneficios.
  • El cónyuge sobreviviente a cargo de un hijo menor de 16 años, recibirá el 75% de los beneficios.
  • Los hijos menores de edad recibirán también el 75% de los beneficios.
  • La familia podrá recibir un máximo que oscila entre el 150% y el 180% de los beneficios.
  • En caso de que el fallecido hubiera trabajado en empleos que no reportan pago de impuestos al Seguro Social, la cantidad de beneficios a recibir podrá ser reducida.
  • Si reclamas los beneficios de sobreviviente mientras recibes ingresos como producto de un trabajo, el importe de las indemnizaciones podrá verse reducido si su ingreso rebasa ciertos límites.
    Es importante destacar que tus ingresos solo reducirán tus propios beneficios y no afectarán los de otros miembros de la familia con derecho a estos.
  • Si te has vuelto a casar, no podrás reclamar los beneficios como cónyuge sobreviviente a menos que el nuevo matrimonio hubiera ocurrido después de cumplir los 60 años de edad o después de los 50 si sufres alguna incapacidad.

En caso de tener dudas, te recomendamos ingresar a la página del Seguro Social en la que se ofrece toda la información necesaria. También puedes consultar la calculadora por internet para tener una idea más exacta del monto que percibirás dada tu situación personal y familiar específica.

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