¿Se puede cobrar la pensión de una persona que falleció?

Por Heidy Ramirez • Actualizado el 05 de marzo, 2025 • Tiempo estimado de lectura: 7 minutos

Poder cobrar la pensión de un familiar fallecido puede representar un gran alivio económico para una familia. Generalmente no se habla de esto abiertamente porque puede resultar un tema inadecuado o algo sensible, no obstante es necesario.

Para quién ha sido trabajador y previsivo sería un alivio poder dejar a su familia un ingreso que garantice ayuda para su bienestar.

Para cobrar la pensión debes adjuntar todos los documentos que te indican las oficinas gubernamentales.
El o la cónyuge puede cobrar la pensión, pero existen ciertas condiciones.

En los siguientes párrafos te indicamos qué debes hacer para cobrar la pensión como sobreviviente tras el deceso de tu familiar. Te explicamos qué documentos debes tener y qué pasos seguir.

¿Quién puede cobrar la pensión?

Los beneficiarios de la pensión pueden ser cónyuges, ex-cónyuges, hijos y padres dependientes. La persona fallecida debe haber acumulado al menos cuarenta (40) créditos en los años trabajados (mínimo de cotizaciones). Mientras más haya ganado en vida la persona, pues será más alto el monto a cobrar. Te indicamos quiénes pueden cobrar la pensión.

El cónyuge sobreviviente podría recibir beneficios sin reducción al cumplir su plena edad de jubilación. Esto sería a los 66 o 67 años dependiendo de su año de nacimiento. Existen algunas excepciones, por ejemplo si el sobreviviente está incapacitado, los beneficios pueden comenzar tan pronto como a los 50 años de edad. También como condición para recibir el ingreso se considera si se tiene a un menor de 16 años bajo cuidado o éste se encuentra incapacitado.

Los hijos menores de 18 años (o hasta los 19 años si asisten a tiempo completo a una escuela primaria o secundaria). O también a cualquier edad si quedan incapacitados antes de los 22 años.  También, bajo ciertas circunstancias, se les pueden pagar beneficios a hijastros, nietos, nietastros o hijos adoptivos.

Los padres dependientes pueden recibir beneficios si son mayores de 62 años de edad pero la persona fallecida tiene que haber provisto por lo menos la mitad de sustento económico de sus progenitores.

Los ex-cónyuges podrían recibir beneficios sin son mayores de 60 años de edad o un poco antes si están incapacitados y si la unión o matrimonio duró al menos 10 años. También existen excepciones si la ex-pareja tiene a su cuidado un hijo menor de 16 años o está incapacitado. La cantidad que reciben los ex-cónyugues no afecta lo que reciben otros beneficiarios.

Cómo hacer el cálculo para obtener 40 créditos.

¿Qué papeles se deben presentar?

El proceso de solicitud debe iniciarse lo antes posible. No se toma en cuenta la fecha del fallecimiento sino la de presentación de documentos, estos son:

  • Prueba de Defunción, ya sea de la funeraria o el Acta de defunción.
  • Su Número de Seguro Social y el de la persona fallecida.
  • La partida, Acta o Certificado de Nacimiento de quién solicita.
  • Certificado de Matrimonio, si usted es el cónyuge sobreviviente;
  • El Acta o Decreto de divorcio, si está solicitando como ex-cónyuge sobreviviente.
  • Los Números de Seguro Social de los hijos dependientes, si los tiene, y las Partidas de Nacimiento de ellos.
  • Los Formularios W-2 o Declaración de Impuestos de negocio propio de la persona fallecida del año más reciente.
  • El nombre de su banco y su número de cuenta para que sus beneficios puedan ser depositados directamente en su cuenta.

¿Cómo hacer el proceso de cobrar la pensión?

El Departamento del Seguro Social en su página despliega varios documentos con sus siglas, cada uno de ellos corresponde a la solicitud de beneficios de persona fallecida. Estas formas deben completarse para hacer la petición. Por ejemplo para el caso específico de la solicitud del pago global por defunción el documento es el SSA-8-SP. Allí se pregunta a la persona datos específicos, por lo cual se recomienda tener a mano todas las pruebas posibles. Dependiendo del caso existe una solicitud numerada que debe completarse.

Para cobrar la pensión debes adjuntar todos los documentos que te indican las oficinas gubernamentales.

¿En qué casos no se puede cobrar la pensión?

Por lo general, no se puede recibir beneficios como cónyuge sobreviviente si se vuelve a casar antes de los 60 años de edad (o antes de los 50 años si está incapacitado). Es bueno saber que este beneficio de la pensión está sujeto a algunas restricciones como el pago de impuestos según la cantidad que se reciba, así también si hay compromisos de manutención de hijos menores. Puede pasar también que el beneficiario esté incapacitado por alguna razón para cobrar, por lo cual deberá cumplir con lo pertinente para autorizar a otra persona.

¿Cuánto tiempo demora el trámite?

La página de la Seguridad Social no muestra una tabla de tiempos de procesamiento para estos casos. Esto podría indicar que depende de la celeridad con que los deudos o sobrevivientes empiecen a hacer los trámites y recauden la información pertinente. Así es que lo mejor es tratar de sobreponerse a la pena de la persona amada y motivarse a iniciar todos los procedimientos necesarios.

Preguntas frecuentes

¿Qué documentos se deben presentar para cobrar la pensión de una persona fallecida?

Esto depende de varios factores, como por ejemplo si hubo hijos o no en un matrimonio, por lo cual habría que presentar pruebas de identificación de ellos. En general, debes adjuntar todas las pruebas que puedan demostrar tu conexión con la persona que ha fallecido. Leer más aquí.

¿En qué casos no se puede cobrar la pensión de una persona fallecida?

La incapacidad de un beneficiario puede ser un problema más no un impedimento, en esta situación se requiere la intervención de una persona autorizada. Así también si una persona contrajo matrimonio antes de cierta edad, no puede exigir la pensión de su excónyuge. Leer más aquí.

Ahora ya sabes

Recuerda que es importante siempre estar informados para evitar retrasos en los trámites. Adicionalmente es buena recomendación tratar siempre de mantener los documentos al día, ante cualquier imprevisto. Y por último siempre consulta la página del Seguro Social para tener la información más acertada posible.

Para obtener información sobre quién está autorizado a cobrar la pensión de una persona fallecida y los pasos que debe seguir para hacerlo, se puede acceder a la Página del Seguro Social, la cual abarca todas las interrogantes que puedan plantearse. Además existe un número de teléfono para atención totalmente gratuito 1-800-772-1213 y otros recursos como disponibilidad de intérpretes de varios idiomas, correo electrónico y ayuda para personas con discapacidades.

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Heidy Ramirez
Soy comunicadora social. He trabajado en periodismo en áreas que apoyan el desarrollo de la sociedad. Colaboro con el contenido de Trámites USA informando a las comunidades latinas sobre sus deberes, derechos y oportunidades.
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