Si entraste a Estados Unidos de manera irregular y tienes que viajar al extranjero para ajustar tu estatus migratorio puedes solicitar una exención de inadmisibilidad antes de salir del país a través del formulario I-601A.
Esto te permitirá evitar que te sean aplicadas las sanciones establecidas en la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Entonces, para poder procesar tu visa de inmigrante en una embajada o consulado de Estados Unidos en el extranjero y regresar a EE. UU. nuevamente debes completar el Formulario I-601A Solicitud de exención por presencia ilegal, y aquí explicaremos cómo hacerlo.
Aquí te contamos todo lo que necesitas conocer sobre del tema y te aportamos recomendaciones a tener en cuenta.
- ¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para el i-601a?
- ¿Qué casos de visas de inmigrante pendiente permiten una exención?
- ¿Quiénes no son elegibles a través del I-601A?
- ¿Cómo se completa el Formulario I-601A?
- ¿Cómo es el proceso para completar el Formulario I-601A?
- ¿Cuándo se hace efectiva la exención?
- Algunos datos importantes
- Preguntas frecuentes
- Ahora ya sabes
¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para el i-601a?
- Tener más de 17 años.
- Ser elegible para una visa de inmigrante.
- Estar físicamente presente en Estados Unidos para presentar tu solicitud y proveer datos biométricos.
- Tener un caso de visa de inmigrante pendiente.
- Poder demostrar que, si no puedes volver a Estados Unidos, esto causará problemas graves a tu esposo/a, padre o madre, siempre y cuando esta persona sea ciudadana estadounidense o residente permanente legal.
- Haber estado presente en el territorio de manera ilegal durante un periodo continuo de más de 180 días, pero menos de un año.
- Haber estado presente en el país de manera ilegal durante un periodo continuo de un año o más.
¿Qué casos de visas de inmigrante pendiente permiten una exención?
Tu caso deberá estar en proceso en el Departamento de Estado (DOS, por sus siglas en inglés) por alguna de las siguientes situaciones:
- Porque eres el beneficiario principal de un Formulario I-130 aprobado (Petición de Familiar Extranjero).
- Porque eres el beneficiario de un Formulario I-360 aprobado (Petición para Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial) y has pagado la tarifa de procesamiento de una visa de inmigrante.
- Has sido seleccionado para participar en el programa de lotería de visas. Conoce todo sobre este tema leyendo nuestro artículo “Aplica a la Lotería de Visas de Inmigrante de Estados Unidos”.
- Eres cónyuge o hijo de un beneficiario principal de una petición de visa de inmigrante que ya fue aprobada.
- Eres cónyuge o hijo de un seleccionado del programa de lotería de visas.
¿Quiénes no son elegibles a través del I-601A?
Las personas que tengan alguna de las siguientes condiciones no podrán solicitar la exención:
- No cumplen con todas las condiciones de elegibilidad citadas anteriormente.
- Están en algún proceso de remoción o deportación, a menos que el caso se haya cerrado y no esté en el Calendario de la Corte de Inmigración.
- Tienen una orden final de remoción, exclusión, o deportación, a menos que se haya solicitado el Formulario I-212 (Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a Estados Unidos) y se haya aprobado.
¿Cómo se completa el Formulario I-601A?
Deberás seguir los pasos que a continuación te señalamos:
- Completa un Formulario I601A Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal.
- Deberá estar acompañado del pago de tarifas correcto.
- Envía tu solicitud a USCIS.
- Recibirás una notificación programando una visita para que te presentes en un Centro de Asistencia en Solicitudes (ASC), donde deberás proporcionar tus datos biométricos.
- Suministra toda la documentación necesaria para tu visa de inmigrante al Departamento de Estado, Centro Nacional de Visas (NVC) y programarán tu entrevista para la visa de inmigrante. Si no presentas la documentación necesaria, tu caso se retrasará.
¿Cómo es el proceso para completar el Formulario I-601A?
Asegúrate de leer cuidadosamente cada pregunta antes de llenar el formulario, responde con precisión y sigue los siguientes consejos:
- Proporciona información precisa y veraz.
- Si alguna pregunta te genera incertidumbre, investiga la respuesta correcta antes de completarla.
- Es obligatorio que respondas los siguientes campos (Parte 1 y Parte 3), ya que de no hacerlo será rechazado el formulario:
Parte 1 – Información personal
Número de Registro de Extranjero (Número Alien).
Apellido.
Dirección física en Estados Unidos.
Fecha de nacimiento.
País de nacimiento.
Parte 3 – Información sobre tu caso de Visa de Inmigrante
Base bajo la cual vas a inmigrar a Estados Unidos.
Número de Caso de Visa de Diversidad de DOS (Número de caso), si corresponde.
Número de Recibo de USCIS de tu petición de visa de inmigrante aprobada (Formulario I-130, I-140 o I-360), si corresponde.
Número de Caso Consular de DOS (Número de Caso NVC, Centro Nacional de Visas), si corresponde.
Incluye todos los documentos de apoyo relacionados con el formulario, tales como:
- Evidencia de que eres el beneficiario de una petición de visa de inmigrante aprobada.
- Copia de tu recibo de pago de tarifa de la visa de inmigrante de DOS.
- Copia impresa de la página de Verificación de Estatus de Participante de Visas de Diversidad de DOS (de ser el caso).
- Cualquier otro documento adicional necesario.
- Asegúrate de firmar el formulario.
¿A dónde remitir tu solicitud?
Envía tu solicitud a la Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Chicago.
Por Servicio Postal de Estados Unidos (USPS):
USCIS
P.O. Box 4599
Chicago, IL 60680
Para entregas a través de FedEx, UPS, y DHL:
USCIS
Attn: I-601A
131 S. Dearborn, 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517
¿Cuándo se hace efectiva la exención?
Una vez aprobada la exención provisional por presencia ilegal deberás salir de Estados Unidos y asistir a tu entrevista de visa de inmigrante para que la condición entre en vigencia por completo.
Posteriormente, un oficial consular del DOS determinará que eres admisible para ingresar a Estados Unidos nuevamente y elegible para recibir la visa de inmigrante.
Algunos datos importantes
El formulario I-601A es una solicitud independiente, por lo tanto no debes presentarlo con otras solicitudes, peticiones o requerimientos.
Si estás en un proceso de deportación deberás resolver el proceso antes de salir de Estados Unidos, si no lo haces podría resultar en la revocación automática de tu exención provisional aprobada.
Si te fue útil este artículo quizás te puedan interesar: Deportación: en qué casos lo exige la ley y Reingreso al país tras la Deportación: todo lo que necesitas saber.
Preguntas frecuentes
¿Hay que ser mayor de edad para completar el formulario i-601a?
No, es posible completarlo desde los 17 años, inclusive, en adelante. Leer más aquí.
¿Puedo completar el formulario i-601a si me deportan?
No tendrán una resolución positiva quienes rengan una orden final de remoción, exclusión, o deportación, a menos que se haya solicitado el Formulario I-212 (Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Ingreso a Estados Unidos) y se haya aprobado. También serán rechazadas las solicitudes de quienes estén atravesando un proceso de deportación. Leer más aquí.
Ahora ya sabes
Es necesario completar el formulario I-601A para poder salir de Estados Unidos y regresar al país si ingresaste a EE. UU. de manera irregular. Es importante cumplir con los requisitos y los pasos indicados para evitar complicaciones.