Este tipo de visa se llama formalmente “Trabajadores Temporales No Agrícolas (visa H-2B)”, y se la otorgan a personas de otros países con habilidades especiales, no agrícolas y no profesionales, con la comprobación previa de que no hay ciudadanos americanos que puedan desempeñar esa tarea. Anualmente Estados Unidos guarda un cupo de unos cuantos de miles de estas visas y puede variar la cantidad de año en año (alrededor de 60 mil para 80 países), además tienen un período estipulado de apertura del proceso y cuando se llena el cupo se cierra la opción.
En 2020 por ejemplo, el país otorgó más de 65 mil visas H-2B para jardineros, carniceros, trabajadores forestales y otras áreas. Pero cuidado, mira en la página de inmigración porque no todos los países pueden optar. Desde el 10 de noviembre de 2022, solo los nacionales de algunos países son elegibles para participar en el programa H-2B. Puedes ver cuáles en la pestaña de la página de USCIS donde dice “Lista de Países Elegibles para Visas H-2B”. Por ejemplo en el caso de América solo pueden los nacionales de: Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Granada, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Perú, República Dominicana y Uruguay.
La persona que es beneficiaria de la visa H-2B, es decir, que tiene clara la oportunidad de poder obtenerla porque ha hecho previamente contacto con un empleador, debe aprovechar la oportunidad de solicitar el trámite para sí mismo y para su grupo familiar de una sola vez, para así evitarse molestias futuras. La esposa o esposo del solicitante más sus hijos menores de edad pueden formar parte de este procedimiento pero no pueden trabajar mientras estén en el país.
Algo importante a tener en cuenta para la visa H2B
Recuerda lo importante de esta visa: gran parte de la gestión la tiene en sus manos el empleador que debe demostrar que requiere la mano de obra y no la consigue y que la ocupación será “temporal”. El peticionario (empresario) debe presentar una solicitud ante el Departamento del Trabajo y llenar el formulario I-129 ante USCIS. Esto es un asunto serio ya que debe lograr una certificación sobre su empresa y por ende, involucra estar al día con impuestos y trámites normales. Y además la solicitud del empleado se debe hacer al menos 120 días antes de necesitarlo (por ejemplo si se sabe por proyecciones que la demanda aumentará y se requerirá de nueva fuerza laboral para la actividad). Eso le da tiempo al Gobierno de verificar si existen trabajadores nacionales que puedan acometer la tarea antes de buscar afuera. El procedimiento le puede costar al empleador alrededor de $1500.
Y el candidato por su parte debe (posteriormente) presentarse en la Embajada de Estados Unidos en su país con su pasaporte vigente, la petición de la visa correspondiente (conectada por supuesto con el empleador) y el monto del pago de la tarifa que indique la embajada. La visa se otorga por un año y se pueden solicitar dos extensiones de un año cada una de forma consecutiva sin tener que salir de territorio estadounidense.
Cómo tramitar la visa H-2B para el grupo familiar
A continuación los datos más importantes:
- Te recomendamos que aunque tengas muchas ganas, capacidad y necesidad de trabajar en Estados Unidos, tengas mucho cuidado con empresas falsas o estafadores que usan este tipo de visas para solicitarte dinero y hacerte pasar un mal rato. Puede suceder que busques en famosas redes sociales y encuentres frases como “patrocinamos tu visa H-2B pero al final sea una trampa. Por ello busca fuentes confiables, contactos o amigos que ya estén trabajando en el país y que puedan servir como referencia fiable de empleo.
- Dónde encontrar empresas o compañías que realmente patrocinen visas H-2B: busca nombres reconocidos y páginas web formales de estas marcas; contacta a organizaciones de consultoría laboral serias; busca en página de universidades, colegios e institutos y busca organizaciones de ayuda a inmigrantes que tengan trayectoria. USCIS también dispone de un Centro de Datos de Empleadores H-2B.
- También debes calcular muy bien, porque si el salario que te ofrece tu empleador no alcanza para cubrir tus gastos familiares, puesto que el resto del grupo no está autorizado para trabajar, pues no te alcanzaría para la manutención.
- Una vez que realizas el contacto con tu empleador y éste envía su Formulario I-129, la información debería llegar a la Embajada o Consulado de Estados Unidos en tu país donde te corresponderá hacer la gestión, te llegaría una forma I-797 que no es la visa, es la notificación de aprobación preliminar del caso. Debes proceder a solicitar tu visa creando una cuenta en el portal de la embajada americana en tu país. Allí completas el Formulario de solicitud DS-160 como harías con una visa normal, lo cual lo puedes hacer con ayuda o por ti mismo. Debes pagar los aranceles correspondientes y antes de que puedas solicitar una cita para la visa, se te pedirá que cargues tu contacto laboral y la petición aprobada (Forma I-797) de tu empleador. Obviamente ya has analizado previamente todas las condiciones. Luego de aceptados tus documentos solicitas una cita para la entrevista y llevar a ella los documentos necesarios.
- Cuando haces la solicitud de visa con tu formulario DS-160 allí incluyes a los miembros de tu grupo familiar. Este formulario te preguntará si deseas hacer una solicitud grupal, que deberá también traerse los datos de tu aprobación como trabajador temporal. Aquí tienes pantalla por pantalla cómo luce este formulario DS-160 y los datos que te va pidiendo, incluso tu estado civil. Es muy importante que tengas en mente que TODOS los miembros de tu grupo familiar deben tener un pasaporte emitido legalmente por tu país para poder viajar, esto incluye hasta los niños recién nacidos. Y debes tener a mano la dirección a donde vas a llegar y todos los documentos necesarios para poder llenar el formulario debidamente.
- Esta solicitud de visa conduce luego a una entrevista con el funcionario consular que evaluará todos los recaudos. Debes asistir con tus documentos y cumpliendo ciertas reglas (como no acceder a las instalaciones con teléfonos móviles y otros) y no se requiere la presencia de los menores de edad pero sí la de él o la cónyuge. La decisión final de un proceso como este puede durar de uno a dos meses en situaciones normales.
La visa H-4
Si un trabajador bajo visa H-2B se encuentra en Estados Unidos y quiere que su cónyuge y sus hijos menores de 21 años se unan a él, ellos pueden solicitar admisión en la Clasificación No Inmigrante H-4. El proceso es el mismo que el anterior, con el Formulario DS-160 y seguir todos los pasos. Para estas visas derivadas H-4, las parejas deben estar legalmente casadas, ya que se pide copia de un Certificado de Matrimonio y/o de Certificado de Nacimiento de sus hijos. Por otra parte si la familia solo quiere visitar al trabajador en vacaciones, pueden ser elegibles y solicitar una visa de visitante o turista -Visa B-2.
Los solicitantes de visa H-4 deben presentarse en la embajada para sus propias entrevistas, pero no antes del principal titular de la visa. Cuando la esposa/o de un titular de visa de trabajo no solicitó su visa al mismo tiempo que el solicitante principal, él/ella necesitará presentar copia de la visa del principal solicitante y certificado de su matrimonio o parentesco. La esposa/o y cada niño tendrán que presentar sus propios formularios de solicitud. El titular de una visa H-4 no puede trabajar con una visa derivada, pero sí puede tomar algún curso o capacitación y los menores sí pueden asistir al colegio.
Debes considerar adicionalmente
Como en todos los procesos de Visa, recuerda que puedes llegar a la última etapa, es decir, la entrevista y no lograr la aprobación de tu entrada a Estados Unidos por alguna razón que no necesariamente te la indican en el momento. Y de allí dependerá si quieres iniciar un proceso de solicitud de las razones. También debes saber que lo que hayas pagado no es reembolsable.