El matrimonio es un contrato social que conlleva obligaciones, derechos y beneficios. Para que sea efectivo debe ser legal, esto es, realizarse mediante un trámite reconocido por la ley del territorio donde habitan las personas que quieren formalizar su unión. Sin embargo, muchas personas deciden no efectuarlo y convivir, desarrollando así una unión o matrimonio de hecho que puede tener muchas formas y podría ser reconocida como válida a la hora de ciertos trámites.
¿Qué Estados identifican como válidas las uniones de hecho?
En Estados Unidos, por ser un país federal donde cada estado tiene sus propias disposiciones, se tiene que no todos identifican como válidas estas uniones de hecho lo que definitivamente influye en procesos como por ejemplo el disfrute de los beneficios de la pensión del seguro social de uno de los cónyuges. Para saber a qué atenerse es bueno revisar la lista de estados donde es reconocido el matrimonio de hecho:
- Colorado
- Iowa
- Kansas
- Montana
- New Hampshire
- Oklahoma
- Rhode Island
- South Carolina
- Texas
- Utah
¿Ante qué Organismo se realiza?
Si una persona vive en un estado o territorio que sí reconoce una unión de hecho, entonces puede calificar para el beneficio de la Seguridad Social de su pareja. Aquí aplica también si la relación se inició en un momento en que el estado reconocía la ley, aunque luego la haya revocado. También puede darse el caso de que un estado no valida una unión de hecho pero sí acepta cuando la aprobación como matrimonio viene de otro estado. Para cualquiera de estas situaciones se deben iniciar algunos trámites ante las dependencias de la Seguridad Social que abarcan la entrega de evidencias para confirmar la interrelación. Hay que tener en cuenta como detalle adicional que la aceptación de uniones de hecho no necesariamente incluye a parejas del mismo sexo en algunos sitios.
¿Qué documentación se debe presentar?
Para lo que se conoce como el papeleo o trámites, ambos cónyuges deben presentar:
- Una declaración de relación marital, la forma SSA-754, en la que se incluye si ha habido hijos producto de la convivencia. En este documento se pregunta información personal de la pareja como:
- Cuánto tiempo continuo se ha tenido de convivencia,
- Si hubo algún acuerdo por escrito para empezar la convivencia,
- Si se completaron procesos comerciales en conjunto,
- Si se tuvieron otras relaciones al mismo tiempo y otros datos sensibles a los cuales se debe responder.
- Además debe haber una declaración de un pariente de sangre que confirme la unión, para lo cual se llena la forma SSA-753.
- Si uno de los miembros de la pareja está muerto se requiere más evidencia de parientes (2). El tiempo de procesamiento dependerá de la confirmación de los datos expuestos en las formas mencionadas.
¿Cómo puede llevarse a cabo?
El proceso de solicitud de los beneficios de pensión o jubilación puede hacerse en línea (si es mayor de 62 años) o en las oficinas de la Seguridad Social. Existe un número al que puede llamarse sin recargo para obtener ayuda: 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778). Estos procesos de consulta son gratis.
¿Cuáles son los beneficios de la jubilación/pensión?
Los beneficios de los cuales gozará la persona solicitante de la pensión están condicionados por varios factores como el historial de ganancias, los años trabajados, la edad a la cual se comenzará a recibir, la cantidad de personas, tipo de trabajo desempeñado y otros. Para comprender mejor todos estos detalles puede consultar la sección “conozca sobre los beneficios por jubilación”.
A tener en cuenta,
Con relación a la búsqueda de información es necesario armar un expediente con documentos tales como:
- Certificado de Nacimiento u otra prueba de nacimiento;
- Prueba de ciudadanía estadounidense o condición de extranjero legal si no nació en los Estados Unidos;
- Documento(s) de baja militar de EE. UU. si prestó servicio militar antes de 1968;
- Formulario(s) W-2 y/o declaraciones de impuestos de trabajo por cuenta propia del año pasado,
- Documentos que comprueben la relación de hecho.